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Cuántas personas trabajan en el Estado, bajo qué calidad jurídica y con qué reglas. El Estatuto Administrativo de 1989 y la Ley de Presupuestos de cada año componen el marco vigente. Este observatorio reúne las cifras oficiales de ese marco, cada una con su institución y su fecha de corte.
La norma permanente y la norma anual regulan la contrata de manera distinta, y ambas están vigentes.
El artículo 10 del Estatuto define la contrata como transitoria y fija un tope de 20 % sobre la planta. La Ley de Presupuestos exceptúa ese tope cada año para los servicios que indica, y la jurisprudencia ha ido precisando los efectos de la renovación sucesiva. Al 31 de marzo de 2026 la contrata equivale al 54,7 % del Gobierno Central. Las tres piezas son públicas y verificables, y este observatorio las ordena en un mismo lugar.
Cuatro fuentes miden universos distintos. Aquí nunca se suman.
DIPRES cuenta 549.237 cargos del Gobierno Central civil. El Consejo para la Transparencia cuenta 841.613 personas en 752 entidades. La Encuesta Nacional de Empleo estima 1.073.524 asalariados públicos. Ninguna está equivocada: cada una publica su cobertura al lado.
La composición del empleo público por calidad jurídica, estamento, sexo y edad, con la serie trimestral de DIPRES desde 2014.
El marco normativo y su aplicación: los límites que fija el Estatuto, las glosas presupuestarias que los exceptúan y la jurisprudencia administrativa y judicial que los ha interpretado.
El ingreso y la salida del Estado: concursos, vacantes, nombramientos de alta dirección y permanencia en el cargo.
No publica remuneraciones ni datos por persona. La información de Transparencia Activa es nominativa; acá se agrega por servicio, estamento y grado.
No construye un buscador de funcionarios. El valor está en el patrón, no en el nombre.
No suma entre universos ni presenta reclasificaciones como crecimiento. Toda variación se publica con y sin ajuste.
Para quien participa de la discusión sobre el Estatuto Administrativo y necesita saber qué respalda cada cifra pública.
Para periodistas y equipos legislativos que requieren la cifra con su fuente, su corte y su límite declarado.
Para los propios servicios, como registro externo de qué publican y con qué rezago.
La composición al 31 de marzo de 2026
Sexo, estamento y dotación autorizada
+99,5 % bruto contra +32,2 % ajustado
Artículo 10 y sus 23 excepciones
Labores accidentales, según la ley
De dos años a cinco, y de la Contraloría a los tribunales
135.279 convocatorias desde 2009
5.362 cargos · permanencia 3,5 años
Otro estatuto, otros límites, 345 comunas
La reforma al Estatuto Administrativo está en la agenda: el 11 de agosto de 2026 el Ministerio de Hacienda constituyó una comisión de doce integrantes con plazo de dos meses. Cinco asuntos de ese debate dependen de datos que este observatorio ordena.
El artículo 3 letra c) la define como empleo «de carácter transitorio» y el artículo 10 dispone que expira cada 31 de diciembre «por el solo ministerio de la ley». Al 31 de marzo de 2026 comprende el 54,7 % de los cargos del Gobierno Central, con renovaciones sucesivas.
Tras el criterio unificador de la Corte Suprema, ese es el universo con protección judicial frente a la no renovación. Ninguna institución lo publica: sólo puede reconstruirse siguiendo personas en las planillas mensuales de Transparencia Activa.
El Gobierno Central creció 99,5 % en doce años. Pero el 88,5 % del alza del último año son Servicios Locales de Educación, que recibieron personal que ya era público. La serie ajustada crece 32,2 %.
El artículo 50 contempla el cese por calificación deficiente. La OCDE reporta que el 98 % de los funcionarios figuraba en la lista de distinción a marzo de 2025. La distribución de las calificaciones por servicio no se publica.
El gasto en personal municipal no puede exceder el 42 % de los ingresos propios. Como esos ingresos dependen de la base tributaria de cada comuna, la dotación que un municipio puede sostener queda ligada a su recaudación.